Artículo 45 del Código Civil de Querétaro
Libro Primero. De las personas · Título Cuarto. De los derechos de la personalidad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
La protección del derecho a la individualidad o identidad personal por medio del nombre, se rige por lo dispuesto en este Código.