CCQRO · Art. 44

Artículo 44 del Código Civil de Querétaro

Libro Primero. De las personas · Título Cuarto. De los derechos de la personalidad

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025

Con relación a las personas físicas son ilícitos los hechos o actos que:

I.Dañen o puedan dañar su vida;

II.Lesionen o puedan lesionar su integridad física;

III.Restrinjan o puedan restringir su libertad;

IV.Lastimen su afecto, creencias o consideración de sí mismas;

V.Menoscaben su honor, reputación, prestigio o estima que de ellas tengan los demás; y

VI.Afecten su vida privada, su intimidad o sus secretos.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»)
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Cómo citar

Artículo 44, Código Civil de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 7 mar 2025. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-44/

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