CPQRO · Art. 144 Bis

Artículo 144 Bis del Código Penal de Querétaro

Libro segundo · Parte especial · Título segundo. Delitos de omisión de auxilio o de cuidado · Capítulo II. Omisión de cuidado

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 15 de julio de 2026

En el caso previsto en este capítulo, la Fiscalía ordenará las medidas de protección y providencias que considere pertinentes, establecidas en las leyes de la materia, para proporcionar seguridad a la víctima u ofendido en salvaguardar de su integridad física y psíquica, y evitar así que el delito se siga cometiendo. (Adición P. O. No. 99, 18-XII-20)

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»)
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Cómo citar

Artículo 144 Bis, Código Penal de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 15 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-144-bis/

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