Artículo 184 del Código Penal de Querétaro
Libro segundo · Parte especial · Título décimo. Delitos contra el patrimonio · Capítulo I. Robo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 15 de julio de 2026
Al que cometa robo de cualquier documento, que se encuentre en oficina pública, se aplicará prisión de 6 meses a 5 años.
Igual sanción se aplicará al que cometa robo de documentos que contengan obligación, liberación o transmisión de derechos. Si el ladrón obtiene por medio de los mencionados documentos un lucro, se estará a lo establecido en el Artículo 182 de este Código.
Adicionalmente a las penas previstas, se impondrá de 500 a 800 días multa. (Adición P. O. No. 39, 27-V-22)