Artículo 1373 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Tercera parte especial. Del Derecho Hereditario · Título segundo. De la Sucesión por Testamento · Capítulo séptimo. De los Legados · Sección cuarta. Legado de Bien Ajeno
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Es válido el legado hecho a un tercero de bien propio del heredero o de un legatario, quienes, si aceptan la sucesión, deberán entregar el bien legado o su precio.