Artículo 1391 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Tercera parte especial. Del Derecho Hereditario · Título segundo. De la Sucesión por Testamento · Capítulo séptimo. De los Legados · Sección undécima. Legado de Bien Indeterminado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
En el caso del artículo anterior, la elección corresponde al que debe pagar el legado, quien, si los bienes existen en la herencia, cumple con entregar uno de mediana calidad, pudiendo, en caso contrario, comprar uno de esa misma calidad y abonar al legatario el precio correspondiente, previo convenio o a juicio de peritos.