Artículo 657 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento - de los testamentos en general (sic) · Capítulo séptimo. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
En el caso del artículo anterior, la elección corresponde a quien debe pagar el legado; si los bienes existen, cumple con entregar uno de mediana calidad; en caso contrario, puede comprar uno de esa misma calidad o abonar al legatario el precio correspondiente, previo convenio, o a juicio de peritos.