Artículo 1777 del Código Civil de Quintana Roo
Libro primero. De los Bienes, de la Posesión y de los Derechos Reales · Título segundo. De las Diferentes Clases de Bienes · Capítulo quinto. De los Bienes Vacantes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
EI denunciante recibirá la cuarta parte del valor catastral de los bienes que denuncie, repartiéndose los gastos entre el adjudicatario y el denunciante en proporción a lo que cada uno de ellos reciba.