Artículo 458 del Código Civil de Quintana Roo
Libro primero · Primera parte especial. Del Derecho de las Personas · Título segundo. De las Personas Jurídicas o Morales · Capítulo tercero. De las Sociedades · Sección primera. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
EI instrumento en que se haga constar el acto constitutivo de la sociedad debe contener:
l.- Los nombres y apellidos de los otorgantes, que no podrán sedo si no son capaces de obligarse;
II.- La razón social, después de la cual se agregarán las palabras Sociedad Civil o las iniciales S. C.;
III.- El objeto de la sociedad; y
IV.- El importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuir. Si falta alguno de estos requisitos. se estará a 10 dispuesto en el artículo 456.