Artículo 116 del Código Penal de Quintana Roo
Libro segundo · Parte especial · Titulo segundo. Delitos Contra la Libertad y Seguridad de las Personas · Capitulo I. Privación de la Libertad Personal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Si el agente espontáneamente pone en libertad a la víctima dentro de los tres días siguientes a la comisión del delito la pena prevista en los dos artículos anteriores podrá disminuirse hasta la mitad.