CPQROO · Art. 176-Ter

Artículo 176-Ter del Código Penal de Quintana Roo

Libro segundo · Parte especial · Titulo primero. Delitos Contra el Orden de la Familia · Capítulo VIII. Violencia Familiar

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026

Comete el delito de violencia familiar el que realice cualquier acto u omisión de los señalados en el artículo anterior y ocurra en agravio de:

Párrafo reformado POE 27-11-2007

I.- Su cónyuge o con quien mantenga relación de concubinato.

Fracción reformada POE 29-02-2016

II.- Con quien mantenga una relación de hecho;

Fracción reformada POE 29-02-2016

III.- Los parientes consanguíneos en línea recta ascendente o descendente, sin limitación de grados;

IV.- Sus parientes consanguíneos colaterales hasta el cuarto grado;

V.- Sus parientes por afinidad, hasta el cuarto grado;

VI.- Los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado de la pareja o la que esté unida fuera de matrimonio;

VII.- Sus parientes civiles, ya sea que se trate del adoptante o del adoptado;

VIII.- Cualquier menor de edad, incapaz, discapacitado o anciano, que esté sujeto a su patria potestad, custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado; y

IX.- La persona con la que tuvo relación conyugal, de concubinato o haya mantenido una relación de hecho en época anterior.

Fracción reformada POE 29-02-2016

Para efectos del presente artículo, se entenderá por relación de hecho aquélla entre dos o más personas unidas por relación sentimental, de afectividad, intimidad, reciprocidad, dependencia, solidaridad y/o ayuda mutua, cuya convivencia es constante y estable, aunque no vivan en el mismo domicilio.

Párrafo adicionado POE 29-02-2016

Artículo adicionado POE 30-06-2006

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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo)

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Cómo citar

Artículo 176-Ter, Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo). Texto vigente, última reforma 14 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-176-ter/

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