Artículo 1123 del Código Civil de San Luis Potosí
Libro segundo. De los Bienes · Titulo septimo. De la Prescripción · Capitulo VI. De la manera de contar el tiempo para la Prescripción
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 9 de octubre de 2026
Cuando la prescripción se cuente por días, se entenderán éstos de veinticuatro horas naturales, contados de las veinticuatro a las veinticuatro.