Artículo 663 del Código Civil de San Luis Potosí
Libro primero. De las personas · Titulo undecimo. De los Ausentes e Ignorados · Capitulo VI. De los efectos de la Ausencia respecto de los derechos eventuales del ausente
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 9 de octubre de 2026
Si se defiere una herencia a la que se ha lIamado a una persona declarada ausente o respecto del cual se haya hecho la declaración de presunción de muerte, entrarán solo en ella los que debían ser coherederos de aquella o suceder por su falta; pero deberán hacer inventario en forma de los bienes que reciban.