Artículo 206 del Código Penal de San Luis Potosí
Parte especial · Título sexto. Delitos contra la familia · Capítulo VI. Violencia Familiar (REFORMADO P.O. 09 DE JULIO DE 2020) (REFORMADO P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2023)
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 30 de julio de 2026
Se equipara a la violencia familiar cualquiera de los actos señalados en el artículo anterior de este Código, cuando se cometan en contra de la persona con la que se encuentre unida fuera del matrimonio, de los parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado de esa persona, o de cualquiera otra que esté sujeta a la custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado de dicha persona, siempre y cuando el agresor y el agredido habiten en la misma casa.