Artículo 288 del Código Penal de San Luis Potosí
Parte especial · Título décimo cuarto. Delitos contra la seguridad pública · Capítulo II. Asociación Delictuosa
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 30 de julio de 2026
Cometen el delito de asociación delictuosa los que forman parte de una asociación o banda de tres o más personas, organizada para delinquir.
(REFORMADO P.O. 19 JULIO DE 2017)
Este delito se sancionará con una pena de uno a ocho años de prisión y sanción pecuniaria de cien a ochocientos días del valor de la unidad de medida y actualización.