Artículo 47 del Código Penal de San Luis Potosí
Multa proporcional a la responsabilidad
Parte general · Título cuarto. Sanciones penales · Capítulo I. Penas · Sección Tercera. Sanción Pecuniaria (REFORMADO P.O. 19 JULIO DE 2017)
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 30 de julio de 2026
Cuando varias personas cometan el delito, el juez fijará la sanción pecuniaria para cada uno de los responsables, según su participación en el hecho delictuoso y sus condiciones económicas.
La multa será exigible por la autoridad judicial, en los mismos términos de la reparación del daño.