Artículo 86 del Código Penal de Tamaulipas
Libro primero · Parte general · Título sexto. De la aplicación de las sanciones · Capítulo VI. Sanción pecuniaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Cuando varias personas cometan el delito, el Juez fijará la multa para cada uno de los delincuentes, según su participación en el delito y sus condiciones económicas; y, en cuanto a la reparación del daño, la deuda se considerará como solidaria.