Artículo 85 del Código Penal de Tamaulipas
Libro primero · Parte general · Título sexto. De la aplicación de las sanciones · Capítulo VI. Sanción pecuniaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Si no alcanza a cubrirse la responsabilidad pecuniaria con los bienes de la o el responsable o con el producto de su trabajo en la prisión, la persona imputada liberada seguirá sujeto a la obligación de pagar la parte que falte.
Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/06/cl-70-110625.pdf