Artículo 66 del Código Penal de San Luis Potosí
Duración
Parte general · Título cuarto. Sanciones penales · Capítulo II. Medidas de Seguridad · Sección Segunda. Tratamiento de Inimputables o Imputables Disminuidos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 30 de julio de 2026
La duración del tratamiento para el inimputable, en ningún caso excederá del máximo de la pena privativa de libertad que se aplicaría por ese mismo delito a sujetos imputables.
Concluido el tiempo del tratamiento, la autoridad competente deberá poner al inimputable a disposición de las autoridades de salud para que continúe con el mismo. Los familiares podrán continuar con el tratamiento cuando así lo soliciten.