CPSIN · Art. 267

Artículo 267 del Código Penal de Sinaloa

Libro segundo · Parte especial · Sección tercera. Delitos contra la sociedad · Título tercero. Delitos contra la fe pública · Capítulo I. Falsificación y uso indebido de señas, marcas, llaves contraseñas y otros objetos

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 7 de octubre de 2026

Se impondrá de tres meses a tres años de prisión y de veinticinco a doscientos días multa cuando los objetos a que se refieren las conductas delictivas tipificadas en el artículo anterior, sean de uso particular y su autor se proponga obtener un beneficio o causar un perjuicio.

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Última reforma
(Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa»)
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  • Las secciones agrupan capítulos dentro de un título en el Libro Primero y agrupan títulos en el Libro Segundo; cada encabezado se ubica en ese orden.

Transitorios (84 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 267, Código Penal de Sinaloa (Sinaloa). Texto vigente, última reforma 7 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-267/

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