Artículo 86 del Código Penal de Sinaloa
Libro primero · Parte general · Título cuarto. Aplicación de las penas y medidas de seguridad · Capítulo IV. Punibilidad en caso de exceso
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 7 de octubre de 2026
Al que se exceda en casos de legítima defensa, estado de necesidad, obediencia jerárquica, cumplimiento de un deber o ejercicio de un derecho será penado como delincuente por delito culposo.