Artículo 1083 del Código Civil de Sonora
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Titulo cuarto. De la propiedad · Capitulo VI. Del derecho de accesión y de la adquisición de los frutos
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
El acrecentamiento que por aluvión reciben las heredades confinantes, con corrientes de agua, pertenecen a los dueños de las riberas en que el aluvión se deposite.