Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Titulo sexto. De las servidumbres · Capítulo v bis. De la servidumbre legal de uso minero
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
La servidumbre legal establecida en el artículo anterior trae consigo el derecho de tránsito para las personas y el de conducción de los materiales necesarios para el aprovechamiento de la concesión minera correspondiente, observándose lo dispuesto en los artículos del 1270 al 1275, inclusive.
Leer de corridodentro de Capítulo v bis. De la servidumbre legal de uso minero
(Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora)
Publicación original
El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.
Pendiente de verificar
2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
3 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.
número de artículo repetido en la fuente: 450 (orden 451 y 461); el segundo se publica con clave '450-dup2'
huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3500): [460, 2275]
Texto tomado del PDF oficial del Congreso: un bloque de texto del PDF = un párrafo; se quita el número de página y se une el párrafo que el salto de página corta.
La fuente no imprime 'última reforma': la fecha es la publicación más reciente del APENDICE (lista de reformas del Congreso al final del código); el apéndice no se publica.
Rótulos 'ARTICULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1'); el asterisco de algunos rótulos ('ARTICULO *1024.-') es una marca editorial y se omite.