Artículo 3132 del Código Civil de Sonora
Libro primero. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contrato · Titulo décimo tercero. De la fianza · Capitulo II. De los efectos de la fianza entre el fiador y el acreedor. excepciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
El fiador tiene derecho de oponer al acreedor todas las excepciones inherentes a la obligación principal y a la fianza; pero no las que sean personales del deudor.