Artículo 3337 del Código Civil de Sonora
Libro primero. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contrato · Titulo decimoquinto. De la hipoteca · Capitulo V. De la extinción de las hipotecas
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
La extinción del bien hipotecado tendrá lugar en los siguientes casos:
I.Por la destrucción de la cosa;
II.Cuando ésta quede fuera del comercio, y
III.Cuando tratándose de muebles inmovilizados se pierden de modo que no puedan localizarse o que, conociendo su paradero, exista la imposibilidad material de recuperarlos.