Artículo 3387 del Código Civil de Sonora
Libro primero. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contrato · Titulo decimoséptimo. De la enfiteusis
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
El enfiteuta está obligado a pagar todas las contribuciones prediales o personales impuestas en razón del predio.
En tal caso, el dueño deberá abonar al enfiteuta las contribuciones impuestas sobre la pensión misma.