Código Civil de Sonora
Código Civil de Sonora

Libro segundo · Titulo noveno Capitulo XIV. Del curador

Arts. 784–79613 artículosTexto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021

Artículo 784Derogado

Se deroga.

Artículo 785Derogado

Se deroga.

Artículo 786Derogado

Se deroga.

Artículo 787Derogado

Se deroga.

Artículo 788Derogado

Se deroga.

Artículo 789Derogado

Se deroga.

Artículo 790Derogado

Se deroga.

Artículo 791Derogado

Se deroga.

Artículo 792Derogado

Se deroga.

Artículo 793Derogado

Se deroga.

Artículo 794Derogado

Se deroga.

Artículo 795Derogado

Se deroga.

Artículo 796Derogado

Se deroga.

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