Artículo 1365 del Código Civil de Tabasco
Condición imposible que dejare de serlo
Libro tercero. De las sucesiones. · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo II. De las condiciones que pueden ponerse en los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Si la condición que era imposible al tiempo de otorgarse el testamento, dejare de serlo al de la muerte del testador, será válida.