Artículo 1251 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo IV. De las condiciones que pueden ponerse en los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
La institución de heredero o legatario será válida, si la condición que era imposible al tiempo de otorgarse el testamento, dejare de serlo a la muerte del testador.