Artículo 207 del Código Civil de Tabasco
Solución en caso de disenso
Libro primero. De las personas · Titulo sexto. Del matrimonio · Capitulo IV. De los efectos del matrimonio con relacion a los bienes de los conyuges · Seccion segunda. De la sociedad conyugal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Siempre que los cónyuges deban realizar juntos un acto de administración o disposición, en caso de disenso el Juez resolverá lo procedente.