Artículo 2241 del Código Civil de Tabasco
Renuncia al saneamiento
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Título noveno. De la transmisión de los derechos de crédito y de los derechos reales · Capitulo V · Seccion primera. De la eviccion y del saneamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Cuando el adquirente ha renunciado al saneamiento para el caso de evicción, llegado éste, el que enajenó, deberá entregar el precio del bien, conforme a lo dispuesto en el artículo 2244 fracción I; pero quedará libre si el que adquirió lo hizo con conocimiento de los riesgos de ella y sometiéndose a sus consecuencias.