Artículo 2682 del Código Civil de Tabasco
Pagos de daños y perjuicios
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo séptimo. Del arrendamiento · Capitulo II. De los derechos y obligaciones del arrendador
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
El Juez, según las circunstancias del caso, decidirá sobre el pago de los daños y perjuicios que se causen al arrendatario por falta de oportunidad en las reparaciones.