Artículo 3278 del Código Civil de Tabasco
Continuación por herederos
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimonoveno. De la solucion de controversias · Capitulo II. Del compromiso
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
La muerte de una de las partes obliga a sus herederos a continuar el juicio arbitral.