Artículo 636 del Código Civil de Tabasco
Nombramiento de curador interino
Libro primero. De las personas · Titulo decimotercero. Del curador
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Igualmente se nombrará curador interino en los casos de impedimentos, separación o excusa del nombrado, mientras se decide el punto; después que se decida, se nombrará nuevo curador conforme a derecho.