Artículo 128 del Código Penal de Tabasco
Libro segundo · Parte especial · Titulo primero. Delitos contra la vida y la salud personal · Capitulo III. Disposiciones comunes para el homicidio y las lesiones.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 12 de septiembre de 2026
Si el juzgador lo estima pertinente, podrá imponer al responsable de homicidio o lesiones, además de las penas previstas, supervisión de la autoridad y prohibición de concurrencia o residencia.