Artículo 1709 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título quinto. Del mutuo · Capítulo II. Del mutuo con interés
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Si se ha convenido en interés más alto que el legal, el deudor, en cualquier momento después de la celebración del contrato, puede reembolsar el capital, cualquiera que sea el plazo fijado para ello, dando aviso al acreedor con un mes de anticipación y pagando los intereses vencidos.
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