Artículo 1791 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título sexto. Del arrendamiento · Capítulo VI. Del arrendamiento de bienes muebles
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Los frutos del animal alquilado pertenecen al dueño, salvo convenio en contrario, y en caso de que muera, sus despojos serán entregados por el arrendatario al dueño, si son de alguna utilidad y es posible el transporte.