Artículo 1823 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título sexto. Del arrendamiento · Capítulo VIII. Del modo de terminar el arrendamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Si la destrucción del bien fuere parcial, se observará lo dispuesto en el artículo 1744, a no ser que el arrendador o el arrendatario prefieran rescindir el contrato.