Artículo 2095 del Código Civil de Tlaxcala
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo septimo. Del arrendamiento · Capitulo VII. Del modo de terminar el arrendamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Si la destrucción del bien fuere parcial, se observará lo dispuesto en el artículo 2041, a no ser que el arrendador o el arrendatario prefieran rescindir el contrato.