Artículo 2471 del Código Civil de Tamaulipas
Libro quinto. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión testamentaria · Capítulo V. De la obligación alimenticia del testador y de los testamentos inoficiosos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
El testador debe dejar alimentos a quienes, al momento de la muerte, tenga obligación legal de proporcionárselos.