Artículo 328 del Código Penal de Tamaulipas
Libro segundo · Parte especial · Título décimo sexto. Delitos contra la vida y la salud de las personas · Capítulo I. Lesiones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Al que ejerciendo la patria potestad o la tutela infiera lesiones a los menores o pupilos que están bajo su guarda, además de la pena correspondiente a las lesiones se le suspenderá o privará en el ejercicio de sus derechos sobre aquéllos.