Artículo 1081 del Código Civil de Tlaxcala
Libro tercero. De los bienes, la propiedad y sus diferentes modificaciones · Titulo septimo. De las servidumbres · Capitulo III. De la servidumbre legal de liquidos · Seccion segunda. Servidumbre de acueducto
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Si el que disfruta del acueducto necesitare ampliarlo, deberá costear las obras necesarias, y pagar, conforme a lo dispuesto en las fracciones III y IV del artículo 1078, el terreno que nuevamente ocupe y los daños que cause.