Artículo 1633 del Código Civil de Coahuila
Libro cuarto. De los bienes, de los derechos realesy de la posesión · Título tercero. De las diferentes clases de derechos reales · Capítulo IV. De las servidumbres · Sección cuarta. De la servidumbre legal de acueducto
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Si el que disfruta el acueducto necesitare ampliarlo, deberá costear las obras necesarias y pagar conforme a lo dispuesto en las fracciones IV y V del artículo 1630, el terreno que nuevamente se ocupe y los daños que cause.