Artículo 109 del Código Civil de Tlaxcala
Libro segundo. De las personas · Titulo tercero. Del matrimonio · Capitulo VI. Del divorcio · Seccion i.-. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
La muerte de uno de los cónyuges, acaecida durante el procedimiento de divorcio, sea voluntario o incausado, pone fin a él en todo caso y los herederos del muerto tienen los mismos derechos y obligaciones que tendrían si no se hubiere promovido ese divorcio.