Artículo 1187 del Código Civil de Tlaxcala
Libro tercero. De los bienes, la propiedad y sus diferentes modificaciones · Titulo noveno. De la usucapion
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El que hace valer la usucapión sosteniendo tener causa generadora de su posesión, debe probar la existencia del título que la genere.