Artículo 1289 del Código Civil de Tlaxcala
Libro cuarto. De las obligaciones · Titulo segundo. De los contratos en general · Capitulo II. De la capacidad de los contrayentes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El que es hábil para contratar puede hacerlo por sí o por medio de otro legalmente autorizado.