Artículo 1457 del Código Civil de Tlaxcala
Libro cuarto. De las obligaciones · Titulo septimo. De las diferentes especies de obligaciones · Capitulo III. De las obligaciones facultativas, conjuntivas y alternativas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Cuando el objeto de la obligación lo constituyan dos bienes alternativamente, si uno de los dos no puede ser objeto de la obligación, deberá entregarse el otro.