CCTLAX · Art. 1562

Artículo 1562 del Código Civil de Tlaxcala

Libro cuarto. De las obligaciones · Titulo octavo. De la transmision de los derechos de credito y de los derechos reales · Capitulo II. De la transmision de los derechos reales

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024

Si un bien cierto y determinado fuere sucesivamente enajenado por el mismo enajenante a distintos adquirentes, se observará lo siguiente:

I.- Si el bien enajenado fuere mueble, prevalecerá la enajenación hecha al que se halle en posesión del bien;

II.- Si el bien enajenado fuere inmueble, prevalecerá la enajenación que primero se haya registrado; si ninguna lo ha sido prevalecerá la primera en fecha y si no fuere posible verificar la prioridad de ésta, adquirirá la propiedad del bien el que se halle en posesión de él;

III.- Si un derecho real se ha cedido a dos o más cesionarios sucesivamente, para determinar quien de los cesionarios lo adquiere, se aplicará lo dispuesto en las fracciones anteriores;

IV.- Lo dispuesto en las tres fracciones anteriores no se aplicará al segundo o subsecuentes adquirentes, si éstos son de mala fe.

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(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala)
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Transitorios (35 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 1562, Código Civil de Tlaxcala (Tlaxcala). Texto vigente, última reforma 18 jun 2024. https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-1562/

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