Artículo 2050 del Código Civil de Tlaxcala
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo septimo. Del arrendamiento · Capitulo III. De los derechos y obligaciones del arrendatario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El arrendatario no puede, sin consentimiento escrito del arrendador, variar la forma del bien arrendado; y si lo hace, debe cuando lo devuelva, restablecerlo al estado en que lo recibió, siendo además responsable de todos los daños y perjuicios.