Artículo 1800 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título séptimo. Del arrendamiento · Capítulo tercero. De los derechos y obligaciones del arrendatario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El arrendatario no puede, sin consentimiento escrito del arrendador, variar la forma del bien arrendado, y si lo hace, debe cuando lo devuelva restablecerlo al estado en que lo recibió, siendo además responsable de todos los daños y perjuicios.